La esperada reforma de nuestro reglamento de extranjería ha sido finalmente publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado.
Hoy, 27 de julio de 2022, se ha publicado en el BOE el Real Decreto 629/2022, de 26 de julio, a través del cual se reforma nuestro Reglamento de Extranjería.
Te contamos…😁👉
NOVEDADES MÁS IMPORTANTE DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA:
Las modificaciones normativas persiguen flexibilizar las normas que permitían el acceso al mercado laboral de la comunidad extranjera, así como mejorar el sistema de gestión.
Explicamos las modificaciones más importantes en los distintos colectivos:
1-ESTUDIANTES EXTRANJEROS
Se favorece la permanencia de los estudiantes, incrementando sus posibilidades de trabajar y atrayendo con ello talento internacional.
De esta forma, se permite que los estudiantes compatibilicen el trabajo con la formación, siempre que pueda acreditarse la compatibilidad de ambas actividades y la oferta de empleo no superen las 30 horas semanales.
Además, se eliminan las restricciones a la incorporación de los estudiantes al mercado laboral tras la finalización de los estudios que, hasta ahora, era necesaria una estancia de tres años en España para poder obtener un permiso de trabajo. SE SUPRIME LA EXIGENCIA DE ESTE PERIODO PREVIO DE PERMANENCIA.
2-ACTUALIZACIONES DE LOS ARRAIGOS: NUEVA FIGURA
Se actualizan los supuestos de arraigo laboral (incorporando la nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo), así como el arraigo social y familiar.
Pero la novedad más importante es la incorporación de un cuarto tipo de arraigo: EL ARRAIGO PARA LA FORMACIÓN
El cual, permitirá la obtención de una autorización de 12 meses a aquellos extranjeros que acrediten una permanencia continuada en España de al menos 2 años, que carezcan de antecedentes penales y…
Que se comprometan a realizar una formación reglada para el empleo o la obtención de un certificado de profesionalidad o aquella contundente a obtener la formación necesaria para el ejercicio de una ocupación concreta.
Este permiso podría ser prorrogo solo una vez por otros 12 meses.
4-FLEXIBILIDAD EN EL REQUISITO DE «MEDIOS ECONÓMICOS» PARA LA REAGRUPACIÓN FAMILIAR
La reforma flexibiliza los requisitos de reagrupación familiar cuando afectan a menores extranjeros, o a personas con discapacidad o en situaciones de vulnerabilidad
Se reduce, por tanto, la cantidad que el reagrupante debe acreditar para la manutención de la unidad familiar en mencionados supuestos.
5-TRABAJADORES AUTONOMOS: PERMISOS POR CUENTA PROPIA
Se flexibiliza el acceso al permiso previsto para trabajadores autónomos al modificar el requisito referente a la «inversión» necesaria para poner en marcha la actividad, incluyendo como tal, el «auto empleo»
Se suprime el apartado relativo a la acreditación de recursos económicos suficientes para la manutención y alojamiento.
6-RENOVACIONES MÁS LARGAS: CUENTA AJENA Y CUENTA PROPIA
En el supuesto de renovaciones de los permisos de residencia por cuenta ajena, se flexibilizan los supuestos de renovación contemplados en el apartado b) del artículo 71 del Reglamento.
De esta forma, se describen varios supuestos por los que el trabajador podría renovar su permiso habiendo tenido un periodo de actividad laboral ingeríos a los 3 meses.
Como gran novedad, tanto la renovación del permiso de residencia por cuenta ajena, como el permiso por cuenta propia, darían acceso a un permiso de residencia con vigencia de 4 años (anteriormente era de dos).
Y además, la renovación permitiría la compatibilidad automática admitiendo el ejercicio de cualquier actividad, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, sin limitación geográfica.
(Antes había que solicitar una compatibilidad para poder realizar una actividad por cuenta ajena y cuenta propia de forma simultánea).
7-GESTIÓN COLECTIVA DE CONTRATACIÓN EN ORIGEN
Se establece una mejora de los trámites de contratación en origen mediante la incorporarán automática al Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura de aquellas ocupaciones pertenecientes a los sectores económicos que se determinen por acuerdo de la Comisión Delegada de Asuntos Económicos a propuesta del Ministerio de Inclusión y una reducción de plazos.
8-MEJORA EN LA GESTIÓN: TRÁMITES EN LAS OFICINAS DE EXTRANJERÍA
Destacamos también que el Real Decreto también incorpora mejoras en la gestión administrativa mediante la reducción de cargas y la creación de la Unidad de Tramitación de Expedientes de Extranjería (UTEX), de forma que se agilicen los trámites.
La reforma ha sido publicada hoy, 27 de julio en el BOE, y entrará en vigor a los 20 días desde su publicación.
Hablaremos de estas y otras modificaciones que nos trae esta tan esperada reforma del Reglamento de extranjería para que podáis conocer los cambios y los beneficios que trae a la comunidad extranjera.
Para ver el texto completo : Real Decreto 629/2022, de 26 de julio
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