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LEY DE EMPRENDEDORES

Ley de Emprendedores: Ley 24/2013, de 27 de Septiembre:

Aplicable a ciudadanos extranjeros que quieran invertir y emprender en España, así como aquellos que trabajen como profesionales altamente cualificados, trasladados intraempresariales, investigadores y profesores contratados por universidades, órganos o centros de educación superior e investigación o escuelas de negocios en España.

INVESTIGADORES EXTRANJEROS

19 agosto, 2020 por Nahir Randazzo Dejar un comentario

Autorización de residencia para la investigación

Como consecuencia de la transposición de la Directiva 2016/801/UE, el pasado 4 de septiembre de 2018 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley, de 31 de agosto, cuyo Título III incluye la modificación de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre (conocida como «Ley de emprendedores»).

Dichas modificaciones han supuesto importantes cambios en la regulación de los permisos de estudiantes extranjeros en España.

Esta Directiva tiene por finalidad aprovechar al maximo las oportunidades de la migración legal, y principalmente, la migración cualificada.

El objetivo es convertir a Europa en «un destino atractivo para los estudiantes, investigadores y trabajadores que deseen expresar su talento y su espíritu emprendedor»

Dentro de esta nueva normativa, se regula la figura de los «investigadores» que ahora aparece regulado en el artículo 72 de la mencionada Ley de emprendedores que ha venido a sustituir a la antigua normativa que recogía este supuesto.

Ahora que conocemos los antecedentes de hecho, ¡Veamos los detalles de este permiso!

Autorización de residencia para el desarrollo de actividades formativas de de investigación

INVESTIGADORES EXTRANJEROS

¿Quién puede solicitar este permiso?

Los extranjeros que pretendan entrar en España, o que siendo titulares de una autorización de estancia y residencia, deseen realizar actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación en entidades públicas o privadas. Esto es:

  • El personal investigador al que se refiere la Ley de emprendedores.
  • Personal científico y técnico que lleve a cabo trabajos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica.
  • Investigadores acogidos en el marco de un convenio por organismos de investigación públicos o privados.
  • Profesores contratados por universidades, órganos o centros de educación superior e investigación, o escuelas de negocios establecidos en España.

Esta autorización tiene dos modalidades:

  • La autorización de residencia para investigación UE
  • La autorización de residencia para investigación nacional

Veamos las peculiaridades de ambas 😉…

Autorización de residencia para investigación UE

Se incluyen en este supuestos aquellos estudiantes extranjeros que sean titulares de un doctorado o de una titulación superior que le permita acceder a programas de doctorado.

¡Y lo más importante! que hayan sido seleccionados por una entidad de investigaciones con el fin de realizar tareas destinadas a tal fin: INVESTIGACIÓN.

Las características de este permiso es que los interesados, además de cumplir los con los requisitos del artículo 62, deberán:

+Contar con un Convenio de acogida, contrato de trabajo o documento que acredite el vinculo entre el investigador y la entidad de acogida.

Además, se exige que este Convenio o Contrato cumpla con unos requisitos mínimos.

Autorización de residencia para investigación nacional.

Este permiso podrá ser solicitado por todos aquellos estudiantes que se encuentren en alguno de los supuestos antes mencionados ( personal investigador, personal científico, investigadores o profesores contratados), pero que no cumplan los requisitos para optar por la autorización de residencia para investigación UE.

Por ejemplo, Los investigadores acogidos en el marco de un convenio por organismos de investigación públicos o privados que no desempeñan una actividad investigadora, sino sólo formativa.

¿Cuál es la duración de la autorización de residencia para investigación?

Este tipo de permiso tendrá una duración de dos años o el tiempo que dure el Convenio de acogida o el contrato en caso de ser de duración inferior (según la modalidad del permiso).

Una vez cumplido dicho plazo podrán solicitar la renovación de la autorización de residencia por periodos sucesivos de dos años siempre y cuando se mantenga el cumplimiento de los requisitos.

Si estoy realizando un doctorado, ¿puedo solicitar esta autorización de residencia para investigación?

Un estudiante de doctorando es un estudiante de tercer ciclo de estudios universitarios oficiales y no tiene la condición de «investigador» hasta que no supere el programa de doctorado y obtenga el título oficial de doctor.

Por tanto, un estudiante de doctorado NO podría solicitar este permiso hasta que no adquiera la condición de «investigador». Será considerado como un estudiante que cursa sus estudios en una Institución de educación superior.

Podría, por tanto, optar por alguno de estos permisos:

  • Permiso de residencia para prácticas.
  • Permiso para la búsqueda de empleo.
  • Otras, según sus circunstancias personales y profesionales.

¿Dónde puedo solicitar este permiso?

Al ser un permiso regulado por la Ley de emprendedores, el organismo competente para resolver estas solicitudes es la Unidades de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE).

**Si eres estudiante y deseas prolongar tu estancia en España, o bien deseas venir a estudiar o continuar tu formación en nuestro país, ¡ESTOS ARTÍCULOS TE PUEDEN INTERESAR! 😉

  • Guía del estudiante 2020
  • Autorización de residencia para prácticas
  • Autorización de residencia para la búsqueda de empleo
  • Permiso de residencia y trabajo por cuenta propia
  • Permiso de residencia y trabajo por cuenta ajena
  • Arraigo laboral

¡Espero que no te hayan quedado dudas!, pero si así fuera, ¡CONTÁCTANOS! somos especialistas en Derecho de Extranjería y podemos ayudarte 👇🏻

Archivado en: ESTUDIANTES, LEY DE EMPRENDEDORES, PERMISOS DE RESIDENCIA Etiquetado con: abogados de extranjería, doctorado en España, estudiantes extranjeros, Estudiar en España, investigadores en España, investigadores extranjeros, permisos de residencia para investigadores

Ley 14/2013, de 27 de Septiembre

6 noviembre, 2019 por Nahir Randazzo Dejar un comentario

LEY DE EMPRENDEDORES: A quién se aplica. Características generales.

La Ley 14/2013, de 27 de Septiembre, o mejor conocida como Ley de Emprendedores, se creó con el objeto de apoyar al emprendedor y la actividad empresarial, así como para favorecer su desarrollo, crecimiento e internacionalización.

*A QUIÉN SE APLICA. FINALIDAD DE LA NORMA:

Una Ley dirigida a fomentar la cultura emprendedora y crear un entorno favorable a la actividad económica, tanto en los momentos iniciales a comenzar la actividad, como en su posterior desarrollo, crecimiento e internacionalización.

LEY DE EMPRENDEDORES: A quién se aplica. Características generales.

Esta Ley es aplicable a las actividades económicas y de fomento de la internacionalización realizadas por los emprendedores en el territorio español.

Por tanto, los extranjeros que se propongan entrar o residir, o que ya residan, en España verán facilitada su entrada y permanencia en territorio español por razones de interés económico,en aquellos supuestos en los que acrediten ser:

*SUPUESTOS A LOS QUE SE APLICA LA LEY DE EMPRENDEDORES:

a) Inversores.

b) Emprendedores.

c) Profesionales altamente cualificados.

d) Investigadores.

e) Trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas.

Los requisitos generales que deberán cumplir, en todas las categorías:

*REQUISITOS GENERALES:

a) No encontrarse irregularmente en territorio español.

b) Ser mayor de 18 años.

c) Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los últimos cinco años (por delitos previstos en el ordenamiento jurídico españo).

d) No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

e) Contar con un seguro público o un seguro privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.

f) Contar con recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia durante su periodo de residencia en España.

g) Abonar la tasa por tramitación de la autorización o visado.

Pasaremos a analizar cada uno de los supuestos de forma independiente, así como los criterios de interpretación de esta normativa específica.

Mencionando algunas de las características importantes de este tipo de visados y permisos:

*CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LA LEY DE EMPRENDEDORES:

1– Forma de presentación:

De acuerdo con el artículo 76 de dicha Ley:

  • La tramitación de las autorizaciones de residencia se efectuará por la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
  • Contemplará la utilización de medios telemáticos y
  • Su concesión corresponderá a la Dirección General de Migraciones.

La UGE_CE (Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos) fue creada en 2007 con el objetivo de ocuparse de la tramitación de las solicitud de los permisos contemplados en esta Ley.

Las solicitudes de estas autorizaciones deben presentarse de forma electrónica, a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

 2- El sujeto legitimado para presentar la solicitud depende del tipo de autorización que se solicite:

  • Autorizaciones para inversor: representante legal de inversor y emprendedor el solicitante será el propio extranjero que va a ser titular de la autorización
  • Autorizaciones para profesional altamente cualificado, investigador y trabajador desplazado en un traslado intraempresarial: la solicitud la deberá presentar la entidad que va a contratar al extranjero
  • En el caso de autorizaciones como familiar de alguno de los anteriores puede presentar la solicitud tanto el propio familiar; el inversor o emprendedor del que dependan o la entidad que va a contratar al extranjero del que dependan.
  • Si se trata de renovaciones, el solicitante será el propio extranjero cuya autorización va a renovar.

¡Aquí podemos encontrar los distintos modelos de solicitud!

¿Tienes dudas?

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