Muchos ya han escuchado hablar de esta figura y frecuentemente nos preguntan en consultas, mezclando sus requisitos con otros permisos.
Para elucidar dudas, hoy te vamos a dar los conceptos claves de este permiso de residencia.
¿Qué es el arraigo social?
Es una autorización de residencia que establece los requisitos para aquellos ciudadanos que han estado por un mínimo de 3 años en situación irregular en España, puedan regularizarse.
¿Cuáles son los requisitos?
A parte de estar en situación irregular por un mínimo de 3 años, el interesado debe reunir de forma acumulativa los siguientes requisitos:
- Carecer de antecedentes penales en España y en su país de origen, o en el país donde haya residido anteriormente
- Contar con un contrato de trabajo por no menos de un año
- Tener vínculos familiares en España o, acreditar un informe que acredite su integración social.
Además, deben igualmente reunir los requisitos comunes a las autorizaciones de residencia en materia de extranjería.
- Ser ciudadano de tercer estado. Esto es, no ser ciudadano de un estado de la UE
- No estar en el período de compromiso de no retorno
- No tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
¿Cómo acreditar el cumplimiento de los requisitos?
Antecedentes penales:
Debe aportar certificado de antecedentes penales emitidos por su país de origen, o país donde haya residido los 5 últimos años antes de venir a España. Traducido y legalizado y emitido, preferentemente en los tres meses anteriores a la solicitud.
Contrato de trabajo:
Debe aportarse oferta de trabajo firmada, a tiempo completo o parcial, acorde a la legislación laboral y convenio colectivo vigente en el sector en el que se pretende contratar al interesado.
El contrato a tiempo parcial debe siempre garantizar una remuneración igual o superior al sueldo mínimo interprofesional vigente.
Es admisible varios contratos de trabajo a tiempo parcial desde que tengan la duración de un año y sumen por lo menos 30 horas semanales.
Tener vínculo con familiares en España:
A estos efectos, la consideración de familiares está limitada a los cónyuges o parejas de hecho registradas, ascendientes y descendientes en primer grado y línea directa.
El informe de integración social:
Debe ser emitido por la Comunidad Autónoma o por la Corporación local dónde tenga su domicilio habitual y debe constar el tiempo de permanencia en España y en el domicilio habitual, los medios económicos que disponga, los vínculos con familiares residentes en España y los esfuerzos de integración.
Desde su solicitud, la administración tiene el plazo de un mes para emitir el informe.
Tiempo de permanencia en España:
Este es un punto que no deja de causar controversia en la práctica. La permanencia continuada en España se puede acreditar por cualquier medio acreditado en derecho, siendo válido pasaporte sin sellos de salida, certificados de empadronamiento histórico, volantes de visitas médicas, asistencia a cursos presenciales, envíos de dinero. En definitiva, todo y cualquier documento que vincule el ciudadano a una permanencia física en España.
¿Es posible obtener una autorización de residencia temporal por circunstancia excepcional de arraigo social sin contrato de trabajo?
La respuesta es sí.
La ley contempla dos posibilidades, que el extranjero disponga de recursos propios o que emprenda un proyecto empresarial por cuenta propia.
Para emprender en un proyecto empresarial, habrá que cumplir los requisitos del permiso por cuenta propia en lo que se refiere a plan económico, capacitación y medios.
Si alega disponer de medios económicos suficientes, debe acreditarlo para toda la vigencia de la autorización.
¿Cuál es la duración de la autorización inicial?
La autorización inicial es de un año tras el cual, el interesado podrá modificar su residencia a una autorización temporal de residencia y trabajo con una vigencia de dos años.
¿Prórroga o modificación?
Lo más común es que, cumplido el año el interesado dentro de los 60 días anteriores o los 90 posteriores, proceda a solicitar una modificación en base al artículo 202, y así, adquiriendo una residencia y autorización de trabajo por el período de dos años.
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Si crees que reúnes los requisitos para solicitar este permiso, pero te quedan dudas, consúltanos y revisamos tu situación.
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